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Inspección Técnica de Edificios ITE-IEE: Te informamos GRATIS ¿Cuándo y Cómo pasarla?

ITE : Si necesitas pasar la ITE o IEE en AIGLOBAL te asesoramos de un modo personalizado y gratuito a nuestros clientes sobre todos los trámites para realizar la INSPECCIÓN o EVALUACIÓN TÉCNICA de un EDIFICIO.

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    ITE Inspección Técnica de Edificios

  • ICE Informe de Conservación de Edificios
  • IEE Informe de Evaluación de Edificios

inspeccion ite

INSPECCIÓN TÉCNICA de EDIFICIOS : también conocida por sus iniciales como “ITE”

Es un Informe junto con un dictamen realizado por un técnico, normalmente Arquitecto o Arquitecto técnico, el cual se desplaza al inmueble y realiza una toma de datos visual, en la cual nos indica el estado en general en el que se encuentra el inmueble dando una visión general de si se encuentra en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público.

En este informe se nos indica las obras que tenemos que realizar en el edificio si no reúne las condiciones idóneas y el plazo en que se han de realizar para mantener unas mejores condiciones de habitabilidad y seguridad.

También nos informa de las condiciones básicas de accesibilidad y eficiencia energética del edificio.

En resumen podemos decir que la ITE de cualquier inmueble recoge los siguientes aspectos:

1. INSPECCIÓN EDIFICIO

Se realiza una inspección visual de todo el edifico, tanto las zonas comunes del mismo como cada una de las viviendas, tomando nota de las posibles patologías que nos encontremos y los defectos que se deberán reparar para que la ITE sea favorable.

2. INFORME EDIFICIO

Con todos del datos recopilados en la inspección anterior se confecciona un informe descriptivo del estado actual por una parte y por otra de las intervenciones que deben de realizarse en el mismo y el plazo de ejecución de dependerá de la gravedad de las patologías detectadas.

3. REGISTRO ITE

Una vez realizado el informe este debe de registrarse en el órgano competente de comunidad autónoma a la que pertenezca la finca.

    ¿CUÁNDO DEBE HACERSE LA ITE?

La ITE es obligatoria para los dueños de edificios de una antigüedad de más de 50 años, aunque en otros municipios como Madrid son 30 años.

También debe de pasarse posteriormente cada 10 años después de hacer la primera revisión.

  • ¿CUAL ES EL OBJETIVO DE LA ITE?

El IEE, obligatorio en 2018

El RD del Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria y la Regeneración y Renovación Urbana de 10 de abril de 2013 recoge el Informe de Evaluación de Edificios “IEE”, este informe lo que amplía con relación a la ITE son dos puntos más, que son:

A – La Accesibilidad

B – La Eficiencia Energética​

En ningún caso la IEE anula la ITE, sino que simplemente se amplia la documentación y los puntos a revisar en el informe, aunque también se pueden hacer por separado .

La IEE será obligatoria a partir de julio de 2018 en los edificios a partir de los 50 años de antigüedad. Aunque algunas Comunidades Autónomas ya han adecuado sus ITE al contenido de las IEE .

También es obligatoria en todos los que quieran solicitar las ayudas a la rehabilitación.

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